Micelio
Auto24 de junio de 2026

A-781 de 2026

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Sin información

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 001 Administrativo del Circuito de Pasto y el Juzgado Promiscuo Municipal de Yacuanquer, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 001 Administrativo del Circuito de Pasto es la autoridad competente para conocer el asunto.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretar�a General, REMITIR el expediente CJU-7631 a l Juzgado 001 Administrativo del Circuito de Pasto para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisi�n al Juzgado Promiscuo Municipal de Yacuanquer, a los sujetos procesales y a los interesados en el tr�mite . Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente digital CJU-7631, archivo �001Demandapdf� [2] Expediente digital CJU-7631, archivo �004AutoRechazaDemandapdf� [3] Expediente digital CJU-7631, archivo �010AutoRechazaDemandapdf� [4] Expediente digital CJU-7631, archivo �012AutoRechazaDemandapdf� [5] Expediente digital CJU-7631, archivo �016AutoConflictoCompetenciapdf� [6] Expediente digital CJU-7631, archivo �02CJU-7631 Correo Remisorio.pdf �. [7] Expediente digital CJU-7631, archivo �03CJU-7631 Constancia de Reparto.pdf�. [8] � Art�culo 241. A la Corte Constitucional se le conf�a la guarda de la integridad y supremac�a de la Constituci�n, en los estrictos y precisos t�rminos de este art�culo. Con tal fin, cumplir� las siguientes funciones: (�) 11. Numeral adicionado por el art�culo 14 del Acto Legislativo 2 de 2015 : Dirimir los conflictos de competencia que ocurran entre las distintas jurisdicciones�. [9] Cfr., Corte Constitucional, Autos 345 de 2018, 328 de 2019, 452 de 2019 y 608 de 2019. [10] Al respecto, se sugiere revisar el Auto 155 de 2019 para comprender el significado de cada presupuesto para la configuraci�n de un conflicto de competencia entre jurisdicciones. [11] La Sala se�ala que estos presupuestos fueron acreditaron y se evidencian en el subt�tulo de � Antecedentes� del presente Auto. [12] Corte Constitucional, Autos 403 de 2021 y 2014 de 2024 [13] Consejo de Estado, Sala Contencioso Administrativa, Auto 14.202, 20 de agosto de 1998. Esta posici�n ha sido expuesta en otros fallos, entre los cuales se encuentra la sentencia 14519, 20 de abril de 2005 y en el Auto 2675, 7 de octubre de 2004. [GM1] PAMM. Unificar si es "Yaquanquer" o "Yacuanquer".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.